Contrato de prestación de servicios
Última actualización: 11 de octubre de 2026
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ESPACIOS PUBLICITARIOS
Contrato de prestación de servicios de espacios publicitarios que celebran, por una parte, Ladrillos.mx, plataforma ladrillos.mx (“Ladrillos.mx”), representado por el titular de la marca ladrillos.mx, con domicilio en calle 5 de Mayo 12, Col. La Loma, Santa Cruz Guadalupe, C.P. 72150, Puebla, Pue., a quien en lo sucesivo y para todos los efectos legales se le denominará “EL PRESTADOR”, y por la otra parte cualquier persona o entidad que adquiera un plan de publicidad, el servicio de Perfil verificado o la Membresía Inmobiliaria + Perfil verificado en la plataforma, a quien en lo sucesivo y para todos los efectos legales se le denominará “EL CLIENTE”, mismos que se sujetan al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
1. Declara “EL PRESTADOR”:
Que está representado por el titular de la marca ladrillos.mx, cuya actividad principal es la compra y venta de medios publicitarios y anuncios clasificados, y que opera el sitio web o plataforma de anuncios clasificados de venta y renta de inmuebles denominada ladrillos.mx.
Que tiene su domicilio en calle 5 de Mayo 12, Col. La Loma, Santa Cruz Guadalupe, C.P. 72150, Puebla, Pue., mismo que se señala para toda clase de solicitudes, requerimientos, avisos, comunicaciones, notificaciones y demás asuntos que se relacionen con este contrato. Su correo de contacto es contacto@ladrillos.mx.
2. Declara “EL CLIENTE”:
Que desea publicar y/o destacar uno o varios anuncios de inmuebles en el sitio web del Prestador, y que tiene derecho a vender o rentar los inmuebles que anuncia.
Que señala como su domicilio fiscal y convencional para toda clase de solicitudes, requerimientos, avisos, comunicaciones, notificaciones y demás efectos que se relacionen con este contrato, el domicilio y el correo electrónico que registre en la plataforma al momento de la compra.
Expuesto lo anterior y toda vez que las partes se reconocen plena capacidad de goce y ejercicio para la celebración del presente contrato de prestación de espacios publicitarios, convienen sujetarlo al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. La adquisición y pago de cualquier plan de publicidad o servicio en ladrillos.mx por parte de cualquier persona o entidad convierte automáticamente a dicha persona o entidad en “EL CLIENTE” para efectos de este contrato. El pago equivale a aceptación plena e irrevocable de todas las cláusulas aquí contenidas, sin necesidad de firma manual ni datos adicionales. Este contrato aplica de forma genérica y automática a todo comprador de planes o servicios.
SEGUNDA. Con estricta sujeción a lo estipulado en el presente contrato, “EL PRESTADOR” publicará el anuncio “DEL CLIENTE” en el plan que contrate, ya sea Gratis, Anunciante, Profesional, Negocios o Prioridad, siempre y cuando no se incumplan las normas de ética, buena conducta y spam de la plataforma ni lo dispuesto en la cláusula décima. Los planes tienen las siguientes características:
| Plan | Tamaño del anuncio | Posición en el sitio |
|---|---|---|
| Prioridad | 2 x 2, con insignia «Prioridad» | Arriba del Negocios (máxima prioridad) |
| Negocios | 2 x 2 | Arriba del Profesional |
| Profesional | 2 x 1 | Arriba del Anunciante |
| Anunciante | 1 x 1 | Arriba del Gratis |
| Gratis | 1 x 1 | Al final |
La posición se aplica en la portada, en los listados y en el mapa de la plataforma; entre anuncios del mismo plan, el orden puede variar según la búsqueda, la ubicación y la fecha de publicación.
TERCERA. “EL CLIENTE” pagará a “EL PRESTADOR” o a quien sus derechos represente, por cada anuncio, la cantidad de $99.00 (NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.) por el plan Anunciante, $199.00 (CIENTO NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.) por el plan Profesional, $399.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.) por el plan Negocios y $799.00 (SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.) por el plan Prioridad. El plan Gratis no tiene costo. Asimismo, pagará la cantidad de $299.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), en un pago único, para obtener el distintivo de Perfil verificado, que es únicamente una garantía de seriedad y no muestra nombre, fotografía ni inmobiliaria; o bien la cantidad de $599.00 (QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.) por la Membresía Inmobiliaria + Perfil verificado, con vigencia de 3 (tres) meses, que incluye la verificación de perfil, la fotografía del vendedor, el teléfono visible en sus anuncios y una página de corredor con todos sus anuncios. Los precios son en moneda nacional y son los publicados en la plataforma al momento de la compra.
CUARTA. Las partes acuerdan que el pago de la contraprestación referida en la cláusula inmediata anterior lo efectuará “EL CLIENTE” mediante los medios de pago disponibles en la plataforma al momento de la compra (tarjeta de crédito, débito o PayPal). Una vez realizado y confirmado el pago, se activará el plan contratado en el o los anuncios indicados por “EL CLIENTE”.
QUINTA. Todo anuncio publicado en la plataforma, gratuito o con plan, tiene una vigencia de 3 (tres) meses contados a partir de la fecha de su publicación, o hasta que “EL CLIENTE” lo marque como vendido o rentado, lo que ocurra primero; así el anuncio tiene muchas más oportunidades de éxito. El plan contratado permanece activo durante la vigencia del anuncio; contratar o subir de plan no la acorta. Si al momento del pago el anuncio ya hubiera vencido, la vigencia será de 3 (tres) meses contados a partir de la fecha del pago. El presente contrato estará vigente durante dicho plazo.
SEXTA. Si transcurrido el término de vigencia del anuncio “EL CLIENTE”, por cualquier motivo, no vendió ni rentó el inmueble publicado, no se considerará novado ni ampliado el término del contrato, salvo que exista un convenio por escrito o se celebre un nuevo contrato.
SÉPTIMA. Las partes acuerdan que “EL PRESTADOR” no cobrará ninguna comisión por la venta o renta que efectúe “EL CLIENTE” derivada de la publicación del anuncio, ni interviene en dichas operaciones. Este contrato se limita única y exclusivamente a la publicación y, en su caso, a la mayor visibilidad del anuncio correspondiente por el plazo pactado. “EL CLIENTE” será el único responsable de cualquier daño ocasionado a un tercero por la publicación del anuncio, por lo que estará a su cargo cualquier daño o perjuicio que llegare a causar.
OCTAVA. Este contrato es personal a favor de “EL CLIENTE”, quien no podrá traspasar de manera alguna el espacio publicitario, ni subarrendar, ni ceder sus derechos a terceros, sin consentimiento expreso y por escrito de “EL PRESTADOR”. El plan contratado aplica únicamente al anuncio para el que se adquirió.
NOVENA. Para todos los efectos relativos al presente contrato, las partes señalan como sus domicilios los señalados en el apartado de declaraciones.
DÉCIMA. “EL CLIENTE” se obliga a que los espacios publicitarios contratados serán utilizados exclusivamente para anunciar inmuebles reales, disponibles y sobre los que tenga derecho a vender o rentar, quedando estrictamente prohibido publicar, difundir o promocionar, de manera enunciativa más no limitativa:
a) Inmuebles inexistentes, no disponibles, o sobre los que el anunciante no tenga derechos;
b) Inmuebles de procedencia ilícita, invadidos o destinados a fines ilícitos;
c) Contenido que vulnere derechos de terceros, incluyendo derechos de propiedad intelectual o industrial;
d) Contenido que resulte engañoso, fraudulento, ofensivo, discriminatorio o que contravenga el orden público y las buenas costumbres, incluidos precios, ubicaciones o fotografías que no correspondan al inmueble;
e) Cualquier otro contenido que infrinja disposiciones legales o reglamentarias aplicables.
“EL CLIENTE” será el único responsable del contenido de la publicidad que contrate, liberando en este acto a “EL PRESTADOR” de cualquier responsabilidad derivada de reclamaciones de terceros o de autoridades. En caso de incumplimiento a lo establecido en la presente cláusula, “EL PRESTADOR” tendrá el derecho de suspender o retirar de inmediato la publicidad, sin necesidad de aviso previo ni responsabilidad alguna, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
DÉCIMA PRIMERA. “EL CLIENTE” declara que todos sus ingresos han sido obtenidos derivado de negocios lícitos y recursos provenientes de fuentes lícitas, por lo que se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo a “EL PRESTADOR” por cualquier reclamación en este sentido.
DÉCIMA SEGUNDA. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de este contrato ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción del Estado de Puebla, renunciando al fuero de cualquier otro domicilio que pudiera corresponderles en el presente o en el futuro.
DÉCIMA TERCERA. En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, “EL PRESTADOR” informa a “EL CLIENTE” que los datos obtenidos serán tratados de manera confidencial y serán usados para la elaboración del presente contrato, así como para ser contactado por Ladrillos.mx (ladrillos.mx) y recibir comunicaciones de campañas de marketing, conforme al Aviso de Privacidad.
DÉCIMA CUARTA. Los contratantes declaran estar debidamente enterados de todas y cada una de las cláusulas contenidas en este contrato, mismas que aceptan libremente y de mutuo acuerdo. La realización del pago por parte de “EL CLIENTE” convalida y acepta íntegramente los términos aquí establecidos, sin necesidad de firma adicional.
Este contrato se expide de forma automática y se considera firmado en la fecha que consta en la nota simple o factura de venta del plan o servicio.
Contacto: contacto@ladrillos.mx

